¿Es necesario informar al SII que se compró una propiedad en Estados Unidos?

Modificado el Mié., 19 Nov., 2025 a las 12:26 P. M.

No es obligatorio. Es necesario en caso de que se deseen utilizar créditos tributarios en Chile o bien retornar el capital invertido sin considerarlo mayor ingreso.  Se materializa mediante la declaración jurada N° 1929 en www.sii.cl

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