Cuando un auto tiene limitaciones al dominio, quiere decir que existe una prohibición legal de transferir el auto a un tercero. Es decir, no puede ser vendido. Estas pueden tener distintos orígenes, pero su consecuencia es siempre la misma: la prohibición de enajenar (vender, donar o ceder el derecho o el dominio que se tiene sobre un bien).
Las limitaciones al dominio se pueden producir por diversos motivos, pero los tres más comunes son:
Prenda
Sucede cuando una persona pide un préstamo o crédito, y para que este sea otorgado, deja un bien en garantía. Este bien puede seguir siendo usado, pero no vendido, ya que en estricto rigor pertenece a quien prestó el dinero hasta que la deuda sea saldada.
Prohibición de enajenar
Se trata de la posición de un impedimento para que, bajo ninguna circunstancia, ese vehículo se pueda transferir.
Orden de embargo
En este caso se trata de una deuda contraída en algún pagaré u otro título ejecutivo que el deudor no pudo pagar dentro de los plazos establecidos. Se establece entonces una demanda ejecutiva, que, en caso, de ser aprobada por un tribunal, terminará con los bienes del deudor con orden de embargo. Si el deudor es dueño de un auto, es muy probable que el vehículo quede con embargo, con lo cual no podrá ser vendido.
En todos los casos anteriores, al contratar el servicio de transferencias de Macal al momento de pagar la adjudicación, es Macal el que realiza los trámites necesarios para poder transferir el auto a nombre del nuevo dueño.
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